La naturaleza de la estructura obligacional tributaria, elementos y función en la normativa fiscal

 

¿Cómo se establece y como está compuesta la estructura obligacional tributaria?


Es un vínculo jurídico de relación y deber que liga a la persona con el estado y que, de coincidir en el hecho generador-imponible, es decir, hecho o circunstancia; con la hipótesis de incidencia tributaria establecida en la ley, se va a convertir en una obligación sustancial de carácter económica que permite el cumplimiento de sus fines políticos y sociales, equilibrando la economía y generando una mejor redistribución de la riqueza y que puede y debe ser exigido coactivamente.


La obligación tributaria surge entre el estado en las distintas expresiones del poder público y los sujetos pasivos, en cuanto ocurre el presupuesto de hecho previsto por la ley.
La obligación tributaria constituye un vínculo de carácter personal; aunque su cumplimiento se asegura mediante las garantía reales o privilegios especiales. Es relación que existe entre sujeto activo y el sujeto pasivo.


Características de la obligación tributaria: 


•Es la obligación de dar. 


•Funcionamiento en la ley.


•Es autónoma frente a otras instituciones del derecho público.


•Es un vínculo entre el estado y el sujeto pasivo.





Elementos de la obligación tributaria:

1. El Sujeto Activo o ente Acreedor del Tributo: El sujeto activo es el ente acreedor de la prestación pecu­niaria en que se ha circunscrito la obligación tributaria. El sujeto activo es considerado por algunos tratadistas como el titular de la potestad de imposición.


2. El Sujeto Pasivo: Es el deudor de la obligación tributaria, ya sea por deuda propia (contribuyente) o por deuda ajena (responsable).


3. El Hecho Imponible: Es un hecho jurídico cuyo acto da nacimiento a la obligación tributaria o un hecho que tiene efecto jurídico por disposición de la ley. 


4. La Materia Imponible: Se refiere al aspecto objetivo, ya sea un hecho material, un negocio jurídico, una actividad personal o una titularidad jurídica. 


5. La Base Imponible: Llamada la base de medición del tributo, es la característica esencial del hecho imponible.




Bibliografía


Moya M., E. J. (2009). Elementos de Finanzas Públicas y Derecho Tributario. Caracas: Mobilibros.

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